lunes, 21 de marzo de 2011

Se aprobó un incremento del 20 % de la Tarjeta Social Alimentaria

Desde el Ministerio de Desarrollo Humano se aprobó el incremento en un 20 % de la Tarjeta Social Alimentaria y el 100 % del aporte para los comedores infantiles.
El aporte será a partir del 10 de marzo de 2011. Su publicó también que el gasto que demande será atendido con el presupuesto del Ministerio de Desarrollo Humano.
El decreto fue firmado por Urtubey, Mastrandrea y Samson. A continuación el decreto oficial:

DECRETO N° 1118/11 del día 10/03/2011

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
Expediente N° 326-18.150/2011 y 326-18.138/2011
Publicado en el Boletín Oficial de Salta N° 18551 el día 17 de Marzo de 2011.

INCREMENTA 20% DE LA TARJETA SOCIAL ALIMENTARIA Y EL 100% DEL APORTE PARA LOS COMEDORES INFANTILES DE LA PCIA.
VISTO, las acciones desarrolladas por el Gobierno de la Provincia en materia alimentaria; y,
CONSIDERANDO:
Que las mismas tienen como objetivo dignificar a los titulares de derecho, evitar el clientelismo político, permitir la libre elección de compra de alimentos, fortalecer las economías locales y reforzar hábitos saludables;
Que en el actual contexto económico social provincial, se ha detectado la necesidad de incrementar los recursos que perciben los titulares de la Tarjeta Social Alimentaria, lo cual permitirá fortalecer los recursos de las familias socio-económicamente vulnerables a fin de promover sus derechos de elección de productos que componen una dieta alimentaria y un mejor desarrollo de las acciones de prevención y promoción de la salud ínsita en la actual política alimentaria provincial;
Que respecto a los comedores infantiles, cabe señalar que éstos brindan un refuerzo alimentario a los niños salteños desde los dos (2) hasta los seis (6) años de edad y debido a la situación actual que transitan las familias salteñas beneficiarias de algún plan social, resulta necesario el fortalecimiento de esos espacios, en los cuales la infancia recibe contención a nivel de seguridad alimentaria;
Que de conformidad con lo establecido en la ley 7483, es facultad del Poder Ejecutivo, establecer las políticas referidas al: desarrollo del ser humano y su integración social, prevención, asistencia y recuperación de los estados de vulnerabilidad social y asistencia social ante situaciones de necesidad y urgencia; a la niñez, la adolescencia, la tercera edad, género y las personas con capacidades diferentes, en el desarrollo e implementación de políticas sociales activas e integrales de protección de la familia y a la satisfacción de necesidades básica de la población vulnerable y de alto riesgo social, con bienes y servicios necesarios a través de la contención y educación;
Que tales atribuciones permiten desarrollar acciones específicas que permiten devolver la dignidad de los citados grupos poblacionales a fin de menguar sus necesidades alimentarias;
Por ello,
El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A:
Artículo 1º - Increméntense, a partir del 10 de marzo de 2011, en un 20% la Tarjeta Social Alimentaria y el 100% del aporte para los comedores infantiles de la Provincia, de conformidad a los considerandos del presente. El gasto que demande será atendido con el presupuesto del Ministerio de Desarrollo Humano.
Art. 2º - Dispónese que el Ministro de Finanzas y Obras Públicas, deberá reforzar las actuales partidas del Ministerio de Desarrollo Humano a los fines de efectivizar lo dispuesto en el presente.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Humano y por el señor Secretario General de la Gobernación.
Art. 4º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

FIRMANTES
URTUBEY – Mastrandrea – Samson

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